Nota aclaratoria: adquisición de bienes y servicios

Publicado en 10 de noviembre de 2016

NOTA ACLARATORIA

11/10/2016 – Distrito Escolar Independiente de Ascom

Respecto al artículo publicado el 10 de noviembre de 2016, a las 9:55 am, en Blog de BG bajo el título Las compras sin supervisión del instituto de Miguel Nicolelis, el Instituto Santos Dumont (ISD) sale al público para aclarar:

El Instituto Santos Dumont (ISD) no es una Organización No Gubernamental como se afirma en las noticias, sino una Organización Social calificada por Decreto Presidencial del 27 de febrero de 2014. Por lo tanto, el ISD no se enmarca en la Ley 8.666, del 21 de junio de 1993, que establece normas para licitaciones y contrataciones de la administración pública. Conforme a lo previsto en la Ley 9.637, de 15 de mayo de 1998, que dispone sobre la calificación de las entidades como organizaciones sociales, el Instituto Santos Dumont promueve la contratación de obras, adquisición de bienes y servicios y enajenaciones, de acuerdo con los criterios establecidos en su propio reglamento, aprobado por su Consejo Directivo y publicado en el sitio web del ISD, disponible en:  https://institutosantosdumont.org.br/wp-content/uploads/Regulamento_de_Contratacoes_de_Obras_Servicos_Compras_e_Alienacoes.pdf.

El proceso de adquisición mencionado en la noticia antes mencionada en el Blog de BG contó con toda la publicidad necesaria en procesos similares, tales como: a) carta de invitación publicada en la página web del Instituto, conteniendo toda la información requerida para la presentación de propuestas; b) resultado del proceso de selección competitivo, informando la denominación social y CNPJ de la empresa vencedora, así como el valor global de la adquisición. Ambos datos se pueden verificar en una página específica del sitio web del ISD, que contiene todos los procesos relativos a la contratación de obras, servicios, compras y ventas: https://institutosantosdumont.org.br/fornecedores/.

La empresa ganadora en este proceso presentó una propuesta con el menor valor global, así como informes técnicos y el cumplimiento de la Norma Reglamentaria N° 17 del Ministerio del Trabajo, que establece parámetros ergonómicos. Guiado por la buena gestión de los recursos públicos, el Instituto Santos Dumont informa que La propuesta de la empresa que se acercó al Blog BG presentó un valor 57% (cincuenta y siete por ciento) superior a la oferta ganadora..

El ISD gestiona recursos procedentes de las Administraciones Públicas, a través de un contrato de gestión con el Ministerio de Educación (MEC) y se guía por los principios de igualdad, legalidad, publicidad, moralidad, eficiencia y economía, además de dar amplia difusión a sus actuaciones a través de su página web: https://institutosantosdumont.org.br/.

Contrariamente a lo que se puede entender del título y del contenido del artículo del Blog BG, todas las acciones del Instituto Santos Dumont están sujetas a la fiscalización de los órganos de control de la Administración Pública, del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) y de la Auditoría Externa Independiente.

Aún corrigiendo el artículo del Blog BG, es importante informar que el ISD tiene cinco unidades en funcionamiento en las ciudades de Natal (RN), Macaíba (RN) y Serrinha (BA), actuando en las áreas de educación, salud materno-infantil, neurociencias y neuroingeniería.

Es importante recordar que el ISD es responsable del Campus Cerebro, pero no del Instituto Cerebro, centro de investigación vinculado a la Universidad Federal de Rio Grande do Norte (UFRN).

Sobre la inspección del TCU a las obras del Campus Cerebro, el Instituto Santos Dumont emitió un comunicado oficial el 3 de junio de 2016, después del último parecer del organismo: https://institutosantosdumont.org.br/nota-oficial-campus-cerebro/.

El Instituto Santos Dumont está disponible para cualquier aclaración.

Consultoría de comunicación
comunicacao@isd.org.br
(84) 99416-1880

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